Hace unos dos meses, los vecinos nos alegrábamos de que por fin se
hicieran eco de las carencias de seguridad Policial y se nos destinaban dos patrullas
fijas en la zona….pero…en las últimas semanas, la Policía Local destinada a
Anaga, ha realizado diferentes actuaciones, entre ellas, las de sancionar a
vecinos, que mariscaban en la orilla.
Por ejemplo: a un vecino, portador de licencia en vigor, pescador
profesional retirado, y respetuoso con tallas y cantidades, el día 25 de Abril (a
5 días de acabar la veda), por unas 50 lapas, 500 grs, (así figura en el
expediente sancionador abierto), y según ellos, teniendo en cuenta las
circunstancias recurrentes, la sanción que pudiera imponerse asciende a 301 €.
Debido a estas actuaciones y al malestar surgido entre los
habitantes de esta zona costera, y a la falta de Información al respecto:
Exigimos al
Ayuntamiento, al Cabildo, Al la Of. De Gestión del Parque Rural de Anaga, y a la Consejería de
Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias, o a quien corresponda en su caso, que
se informe, de las prohibiciones con respecto a marisqueo recreativo, de los
tiempos de veda, de las cantidades máximas permitidas, y de las zonas en donde
este prohibida la realización de esta actividad, mediante paneles y carteles en
las zonas de las playas, y la orilla, al
igual que se ha hecho para informar de las prohibiciones de Acampar, de
prohibidos perros, prohibido tirar basuras….etc. .
Exigimos se
hagan públicas, con la visibilidad adecuada, y de forma permanente en la zona,
la siguiente:
Ya
que según ORDEN de 18 de mayo de 2011, por la que se
modifica puntualmente la Orden de 2 de mayo de 2011, que fija determinados
aspectos del marisqueo a pie para la recolección de algunas especies de
mariscos de Canarias , establece en el artículo 2.3, en relación a los periodos
de veda que : “Con la finalidad de no interferir en el período biológico de
desove, la actividad marisquera de recolección de las especies a que se
refieren las letras a) y b) no podrán realizarse durante los períodos de tiempo
señalados a continuación:
a)
La
de lapas y burgados no podrán efectuarse en el período comprendido entre el día
1 de diciembre de cada año y el 30 de abril del siguiente, ambos inclusive.
b)
La de los diferentes tipos de cangrejo, incluidos los que se
utilizan para carnada constituidos por la araña plana, carnada de vieja y
juyón, en el período comprendido entre el 1 de diciembre de cada año y el 31 de
marzo del siguiente, ambos inclusive.
Muchos de estos vecinos creyendo estar legalmente, e incluso con licencias de pesca en vigor, no tienen
conocimiento de la modificación de la citada
orden, ni de los tiempos de desove, por lo que se ven expuestos a cometer
Infracciones graves, ya que así se recoge en los artículos 70.3h) de la Ley 17/2003, de 10 de abril, que sobre
infracciones administrativas en materia de pesca marítima en aguas interiores y
marisqueo que, se consideran infracciones graves
las siguientes:
.
h)
El ejercicio de la pesca o marisqueo recreativos en zonas protegidas o vedadas.”
Según
artículo 76 de la Ley 17/2300, de 10 de abril, establece las sanciones pecuniarias
a imponer de la siguiente manera:
a.
Las
infracciones leves con apercibimiento o multa de 60 a 300 euros.
b.
Las
infracciones graves con multa de 301 a 60.000 euros.
c.
Las
infracciones muy graves con multa de 60.001 a 300.000 euros.
La desinformación respecto a estas vedas y
prohibiciones, está haciendo engrosar las arcas del Gobierno, a costa de la ignorancia de la legislación vigente, usando como instrumento a la
Policía Local, que sin ser permisivos, sancionan, aun siendo la primera
vez que ese vecino haya sido "pillado" mariscando.....
Amigos de Anaga, cree, que, los habitantes cuando
solicitaban más presencia policial en la zona, no lo hacían pensando,
precisamente, para este tipo de actuaciones, viéndose perjudicados vecinos, que
siempre han realizado estas actividades, en días festivos y fines de semana,
respetando tallas y cantidades, pero DESCONOCEDORES
DE EL TIEMPO DE VEDA…ya que esta Ley, se ha modificado, y de la cual no se ha
notificado ni informado debidamente.
Nos preguntamos, ¿los agentes del Parque, no tenían estas
competencias antes?
¿Es competencia de la Policía local, en vez de
sancionar los vehículos mal aparcados, o vigilar que los dueños de lo ajeno
sigan abriendo coches de turistas dedicarse a estar en las orillas….?
¿Donde están los agentes forestales, que no vemos
por aquí desde que comenzaron las patrullas de la Local?
Es cierto que los agentes forestales antes estaban de lleno en la zona pero se ve que desde que pusieron a los policías locales los han desplazado.. Que pena!!!! para la naturaleza y sus recursos.
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