Amigos de Anaga, exige la Colocación de Carteles con información sobre el marisqueo y sus vedas.




Hace unos dos meses, los vecinos nos alegrábamos de que por fin se hicieran eco de las carencias de seguridad Policial y se nos destinaban dos patrullas fijas en la zona….pero…en las últimas semanas, la Policía Local destinada a Anaga, ha realizado diferentes actuaciones, entre ellas, las de sancionar a vecinos, que mariscaban en la orilla.

Por ejemplo: a un vecino, portador de licencia en vigor, pescador profesional retirado, y respetuoso con tallas y cantidades, el día 25 de Abril (a 5 días de acabar la veda), por unas 50 lapas, 500 grs, (así figura en el expediente sancionador abierto), y según ellos, teniendo en cuenta las circunstancias recurrentes, la sanción que pudiera imponerse asciende a 301 €.

Debido a estas actuaciones y al malestar surgido entre los habitantes de esta zona costera, y a la falta de Información al respecto:

Exigimos al Ayuntamiento, al Cabildo, Al la Of. De Gestión del  Parque Rural de Anaga, y a la Consejería de Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias, o a quien corresponda en su caso, que se informe, de las prohibiciones con respecto a marisqueo recreativo, de los tiempos de veda, de las cantidades máximas permitidas, y de las zonas en donde este prohibida la realización de esta actividad, mediante paneles y carteles en las zonas de las  playas, y la orilla, al igual que se ha hecho para informar de las prohibiciones de Acampar, de prohibidos perros, prohibido tirar basuras….etc. .

Exigimos se hagan públicas, con la visibilidad adecuada, y de forma permanente en la zona, la siguiente:

Ya que según ORDEN de 18 de mayo de 2011, por la que se modifica puntualmente la Orden de 2 de mayo de 2011, que fija determinados aspectos del marisqueo a pie para la recolección de algunas especies de mariscos de Canarias , establece en el artículo 2.3, en relación a los periodos de veda que : “Con la finalidad de no interferir en el período biológico de desove, la actividad marisquera de recolección de las especies a que se refieren las letras a) y b) no podrán realizarse durante los períodos de tiempo señalados a continuación:

a)      La de lapas y burgados no podrán efectuarse en el período comprendido entre el día 1 de diciembre de cada año y el 30 de abril del siguiente, ambos inclusive.
b)     La de los diferentes tipos de cangrejo, incluidos los que se utilizan para carnada constituidos por la araña plana, carnada de vieja y juyón, en el período comprendido entre el 1 de diciembre de cada año y el 31 de marzo del siguiente, ambos inclusive. 

Muchos de estos vecinos creyendo estar legalmente, e incluso con  licencias de pesca en vigor, no tienen conocimiento de la  modificación de la citada orden, ni de los tiempos de desove, por lo que se ven expuestos a cometer Infracciones graves, ya que así se recoge en los artículos 70.3h) de la Ley 17/2003, de 10 de abril, que sobre infracciones administrativas en materia de pesca marítima en aguas interiores y marisqueo que, se consideran infracciones graves las siguientes:
.
h) El ejercicio de la pesca o marisqueo recreativos en zonas protegidas o vedadas.”

Según artículo 76 de la Ley 17/2300, de 10 de abril, establece las sanciones pecuniarias a imponer de la siguiente manera:

a.      Las infracciones leves con apercibimiento o multa de 60 a 300 euros.
b.      Las infracciones graves con multa de 301 a 60.000 euros.
c.       Las infracciones muy graves con multa de 60.001 a 300.000 euros.



La desinformación respecto a estas vedas y prohibiciones, está haciendo engrosar las arcas del Gobierno,  a costa de la ignorancia de la legislación vigente, usando como instrumento a la Policía Local, que sin ser permisivos,  sancionan, aun siendo la primera vez que ese vecino haya sido "pillado" mariscando.....

Amigos de Anaga, cree, que, los habitantes cuando solicitaban más presencia policial en la zona, no lo hacían pensando, precisamente, para este tipo de actuaciones, viéndose perjudicados vecinos, que siempre han realizado estas actividades, en días festivos y fines de semana, respetando tallas y cantidades, pero DESCONOCEDORES DE EL TIEMPO DE VEDA…ya que esta Ley, se ha modificado, y de la cual no se ha notificado ni informado debidamente.

Nos preguntamos, ¿los agentes del Parque, no tenían estas competencias antes?
¿Es competencia de la Policía local, en vez de sancionar los vehículos mal aparcados, o vigilar que los dueños de lo ajeno sigan abriendo coches de turistas dedicarse a estar en las orillas….?
¿Donde están los agentes forestales, que no vemos por aquí desde que comenzaron las patrullas de la Local?




Comentarios

  1. Es cierto que los agentes forestales antes estaban de lleno en la zona pero se ve que desde que pusieron a los policías locales los han desplazado.. Que pena!!!! para la naturaleza y sus recursos.

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